Preguntas Frecuentes del concurso para acceso a cargo de Directores y Subdirectores
¿Quiénes
pueden concursar?
Los docentes que están ubicados
entre la 4ta y 6ta escala de la Ley de Reforma Magisterial.
Sin embargo para el presente
concurso 2013, también pueden participar los docentes que:
·
Se
encuentran en la 2da y 3ra escala de la Ley de Reforma Magisterial y tienen
como mínimo 10 años de tiempo de servicios contados desde su nombramiento como
docente.
·
Provienen
del 3er nivel de la Ley del Profesorado.
·
Provienen
del 2do nivel de la Ley del Profesorado y fueron directores o subdirectores
dentro de los 10 últimos años y que fueron ubicados en la 1ra escala de la Ley
de Reforma Magisterial.
¿Cuáles son los requisitos para los postulantes?
·
Tener
formación especializada mínimo de 200 horas dentro de los últimos 5 años o bien
estudios de segunda especialidad o estudios de postgrado relacionados a la
gestión educativa y a la pedagogía.
·
No tener
antecedentes penales ni judiciales.
·
No tener
sanciones por procesos administrativos durante los últimos 5 años.
·
No haber
sido condenado ni ser acusado por terrorismo, apología del terrorismo, delito
contra la actividad sexual, delitos de corrupción de funcionarios o tráfico de
drogas, ni haber incurrido en actos de violencia que atenten contra los
derechos fundamentales de la persona y contra el patrimonio, así como haber
impedido el normal funcionamiento de los servicios públicos.
Todo docente en la carrera
pública magisterial que cumpla con los requisitos puede postular a cualquier
plaza a nivel nacional sin importar su región de procedencia.
¿Cuáles
son las características de las plazas que se pondrán en concurso?
·
La
determinación de las plazas puestas a concurso han sido informadas por las
Direcciones Regionales de Educación en los plazos establecidos y consolidadas y
aprobadas por el MINEDU.
·
Las
plazas puestas a concurso son las plazas orgánicas financiadas directivas de
instituciones educativas públicas polidocentes completas y multigrado de
Educación Básica Regular.
·
El número
de plazas puesta en concurso a nivel nacional son de 12 mil 740.
·
Están
exceptuadas del concurso IE unidocentes, en convenio y fiscalizadas.
¿Cuál es
el monto de asignación por cargo directivo?
·
El
Decreto Supremo N° 227-2013-EF publicado el 14 de setiembre 2013 determina las
asignaciones temporales, establecidas para el presente concurso a cargo de
director o subdirector de Institución Educativa. Este entra en vigencia a
partir del 1 de enero 2014.
¿Qué
nivel de conocimiento en computación se necesita para participar del proceso
del concurso?
·
Sólo se
requiere conocimientos básicos en el uso de la computadora (uso del mouse y el
teclado) para marcar respuestas en la Prueba Nacional Clasificatoria y escribir
un texto en computadora para responder a la solución de un caso, navegación en
internet y contar con un correo electrónico.
·
Los
postulantes inscritos en el concurso podrán acceder a la dirección https://evaluaciondocente.perueduca.pe a
un simulador o demo de la Prueba Nacional Clasificatoria lo que les permitirá
familiarizarse anticipadamente con la aplicación.
¿Se
obtienen puntos adicionales por ser docente licenciado de las fuerzas armadas o
por ser docente con discapacidad?
·
La
Directiva sólo contempla para docentes con discapacidad una bonificación del
15% en el puntaje final alcanzado, de acuerdo a la Ley N° 29973 – Ley General
de la persona con discapacidad.
¿Los
docentes que ganen una plaza de directivos, podrán enseñar?
·
No, con
algunas excepciones. En la actual ley, las responsabilidades directivas, con
excepción de las encargaturas de función, exigen una jornada laboral completa.
No se contempla horas dedicadas a la docencia, salvo en el caso de las
instituciones educativas de inicial, primaria o secundaria donde el número de
secciones obliga a que el director tenga aula a cargo.
¿Pueden
participar los profesores que se encuentran ocupando cargos de confianza en las
DRE y UGEL con licencia sin goce de haber?
·
Sí. Los
docentes que se encuentran en el caso señalado han sido incluidos en las
excepciones establecidas en la Disposición Complementaria 7.2 de la Directiva
N° 018-2013-MINEDU/VGMP-DIGEDD.
Los
profesores que teniendo título profesional correspondiente a un nivel educativo
diferente de aquel en el que se vienen desempeñando ¿Pueden postular a una
plaza directiva del nivel en que actualmente trabajan?
·
En el
caso de los docentes cuyo título profesional es diferente del nivel de la plaza
a la que postulan, su postulación procede si cumplen con el requisito de
acreditar un mínimo de diez (10) años de desempeño docente nombrado en el mismo
nivel de la plaza a la que postulan.
¿Si
tuviera un reclamo del proceso del concurso dónde tengo que presentarlo?
·
Es el
comité de evaluación quien atenderá los reclamos, dentro de los 5 días hábiles
luego de publicados los resultados finales del concurso, deberán de
presentarlos por mesa de partes de la UGEL correspondiente.
¿Cuánto
tiempo asumirá el cargo el directivo que acceda por concurso?
·
La
designación en el cargo de director y subdirector tendrá un periodo de vigencia
de tres (3) años.
¿Los
profesores designados al cargo de director o subdirector serán capacitados?
·
Sí, todos
los profesores que acceden al cargo entran a un programa de formación con la
finalidad de fortalecer sus competencias directivas.
¿Si un
postulante presenta documentación falsa cuál es el procedimiento?
·
La
Directiva N°018-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDD determina que sí en el proceso de
verificación de documentos se detectan declaraciones falsas, la UGEL procede a
declarar nulidad del acto administrativo, y se procede a las acciones
administrativas y judiciales que corresponda.
¿Las tres
evaluaciones para éste concurso se promedian entre sí para adjudicar la plaza?
·
No. Se
requiere alcanzar el puntaje necesario en los tres instrumentos de evaluación.
Los resultados de éstos se suman para dar un puntaje final.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario